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De conformidad con cuanto establece la ORDEN ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, que trae causa a su vez de la Ley 44/2002, de 22 de 11, de medidas de reforma del sistema financiero, cuyo capítulo V adopta una serie de medidas protectoras de los clientes de servicios financieros, la Entidad dispone de un servicio especializado de atención al cliente separado de los restantes servicios comerciales u operativos de la organización, que tiene por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten sus clientes. Su dirección postal es la siguiente: calle Mare de Déu de Núria, 41-43, 08017-BARCELONA, siendo su dirección electrónica aseq.serviciodeatencionalcliente@aseq.es.
La actividad del citado servicio está regulada en el Reglamento
para la Defensa del Cliente aprobado por el Consejo
de Administración de la Entidad, del que se destaca como
sinopsis lo detallado a continuación:
- Pueden presentar quejas o reclamaciones los tomadores,
asegurados, beneficiarios,terceros perjudicados o causahabientes
de cualquiera de los anteriores.
- Recibida la queja o reclamación en el Servicio de Atención
al Cliente, éste resolverá en el plazo máximo de dos
meses a partir de la fecha de presentación de aquélla,
a los que se adicionarán, en su caso, los días en los
que el expediente haya quedado en suspenso para la subsanación
de posibles errores en la presentación inicial.
- La decisión será motivada y contendrá unas conclusiones
claras sobre la solicitud planteada en la queja o reclamación,
fundándose en las cláusulas contractuales, en la legislación
de seguros y en las buenas prácticas y usos del sector
asegurador.
- Se notificará a los interesados en el plazo de diez
días naturales a contar desde su fecha, por escrito que
se remitirá por correo certificado con acuse de recibo.
- Transcurrido el plazo previsto, se entenderá desestimada
la queja o reclamación.
- Agotada la vía del Servicio de Atención al Cliente,
ya sea por transcurso del plazo establecido sin pronunciamiento
alguno o por disconformidad con el recaído, se podrán
formular las quejas y reclamaciones ante el Comisionado
para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes
de Pensiones, con dirección postal en Paseo de
la Castellana, 44, 28046-MADRID.
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